TEDH/DOTRINA PAROT: EL TRIBUNAL SUPREMO DEJA DECIDIR SOBRE LA DOTRINA PAROT

MADRID (Reuters) - El Tribunal Supremo decidió el martes que los tribunales competentes sean los que decidan cómo aplican los beneficios penitenciarios y excarcelaciones que procedan tras el fallo del Tribunal Europeo de Derechos Humanos contra la denominada "doctrina Parot", que desde 2006 había impedido que decenas de presos por terrorismo y delitos violentos saliesen de la cárcel.
"Las resoluciones relativas a las acumulaciones y liquidaciones de condena (...) se acordarán en cada caso por el Tribunal sentenciador, oyendo a las partes, siendo susceptibles de recurso de casación ante esta Sala", dijo el martes el Supremo en un comunicado.
El Tribunal Supremo cambió la jurisprudencia en 2006 para que los beneficios penitenciarios se aplicasen a cada una de las condenas de un preso, la conocida como "doctrina Parot", en lugar de al total de 30 años efectivos en prisión que establecía el Código Penal de 1973.
Pero la Gran Sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos con sede en Estrasburgo (Francia), ante un recurso de la etarra Inés del Río Prada, ordenó el mes pasado su puesta en libertad; consideró que España había violado el artículo 7 de la convención Europea de Derechos Humanos y determinó que la detención de Del Río desde 2008, fecha en la que se cumplía su sentencia original, no había sido legal.
El fallo afecta a las sentencias condenatorias dictadas con posterioridad al 28 de febrero de 2006 en las que se aplica el Código Penal de 1973, ya derogado.
La Audiencia Nacional, antes de conocer la opinión del Supremo, ya ordenó poner en libertad a más de una decena de etarras y ha recibido decenas de solicitudes más a causa de la sentencia de Estrasburgo.
El Gobierno español, pese a que acata la sentencia, expresó su malestar por la decisión judicial y se enfrentó a una nutrida manifestación de una asociación de víctimas airadas por la resolución que pidió al Gobierno que no la acatase.

El Supremo instó además al Poder Legislativo a que regule "con la necesaria claridad y precisión" el cauce legal para la aplicación de las resoluciones del Tribunal de Estrasburgo.

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